La Ley 1805 de 2016 determina que todos los colombianos serán donantes de órganos a partir de febrero de 2017, a no ser que manifiesten lo contrario antes de morir.
Para oponerse a la presunción legal de donación, los colombianos deben expresar su voluntad de no ser donante de órganos y tejidos mediante un documento escrito autenticado ante Notario Público y radicarse ante el Instituto Nacional de Salud (INS). También podrá manifestarse la negativa al momento de la afiliación a la Empresa Promotora de Salud (EPS), que a su vez queda obligada a informar al INS la decisión.
La Organización Mundial de la Salud, señala, que un alto índice de mortalidad mundial está relacionado con el incremento de enfermedades como la diabetes y la hipertensión, patologías que pueden llevar a un paciente a sufrir insuficiencia terminal de uno de sus órganos y tener el trasplante como única alternativa de tratamiento.
Las personas en condiciones de donar son aquellas que no hayan padecido enfermedades infectocontagiosas o cáncer con metástasis, con buen estado de salud y sin prácticas de riesgo como la drogadicción.
La norma, sancionada en agosto por el Presidente de la República de Colombia, Juan Manuel Santos, busca superar el déficit por la falta de órganos en el país, pues actualmente solo el 2% de quienes esperan un órgano logran efectivamente la intervención. Así mismo establece sanciones para el tráfico de órganos: “quien compre, venda o comercialice componentes anatómicos humanos, incurrirá en pena de 3 a 6 años de prisión”.
Los órganos que se pueden donar son:
- Corazón
- Pulmones
- Hígado
- Riñones
- Páncreas
- Intestino
En tejidos:
- Piel
- Córnea
- Huesos
- Tejido vascular
- Sangre
- Médula ósea
Tenga en cuenta: Según un informe ejecutivo sobre la donación y trasplante de órganos en Colombia presentado por el INS, en el 2015, del total de trasplantes, el 86% fueron de donantes fallecidos, mientras el restante fueron de donantes vivos, 94% de ellos relacionados genéticamente hasta tercer grado de consanguinidad y 6% con alguna filiación emocional.
Un donante de órganos y tejidos puede beneficiar hasta 55 vidas/personas. Una persona puede donar hasta 8 órganos vitales y 47 tejidos.